Novedades: Normativa sobre el trabajo a distancia

Ayer fue publicado en el BOE el Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia, el texto fue consensuado entre el Gobierno y los Agentes Sociales. En su Sección 4.ª incluye las disposiciones relativas al derecho a la prevención de riesgos laborales de los teletrabajadores. En concreto en su artículo 16 se indica que la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva del trabajo a distancia deberán tener en cuenta los riesgos característicos de esta modalidad de trabajo, poniendo especial atención en los factores psicosociales, ergonómicos y organizativos. En particular, deberá tenerse en cuenta la distribución de la jornada, los tiempos de disponibilidad y la garantía de los descansos y desconexiones durante la jornada.
Desde el Observatorio de Riegos Psicosociales valoramos este gran avance en el reconocimiento normativo de los riesgos psicosociales ya que establece la obligación de tener en cuenta, tanto en la evaluación de riesgos como en la planificación de la actividad preventiva, ciertos factores de riesgo relacionados con el derecho a la desconexión digital.
Podéis acceder al documento a través del siguiente enlace:
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2020-11043