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Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social

El derecho a la desconexión debería haberse regulado en el marco de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales

En su intervención, Ana García de la Torre ha destacado que “las TICs, a través tanto de la digitalización como del trabajo a distancia, pueden facilitar el trabajo, pero no nos libran de las mayores exigencias mentales, ni del estrés laboral, del trabajo monótono o repetitivo” y que “existen una serie de factores psicosociales y organizativos a los que se debe prestar atención y prevenirse para que no se materialicen en daños para la seguridad y salud de los trabajadores, como por ejemplo el tiempo de trabajo, la hiperconectividad, la carga de trabajo, la sobrecarga, etc”.

“Además”, ha advertido, “para UGT la conectividad o posibilidad de estar conectado, no debe ser sinónimo de disponibilidad permanente del trabajador, sin embargo, la supresión del límite entre la vida privada y profesional es un fenómeno que se está generalizando y acrecentando por motivos como tener móvil de empresa o portátil y estar constantemente conectados a jefes, clientes o compañeros”.

“El derecho a la desconexión digital va ligado al derecho de conciliación de la vida laboral y personal, así como al de intimidad”, ha afirmado, “y, en este contexto, desde UGT consideramos que la Ley de protección de datos no es el marco ideal para regular el derecho a la desconexión digital a través de su art.88, etc. sino que habría sido preferible haberlo incluido en el marco de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales”.

Los riesgos psicosociales, los grandes olvidados
García de la Torre ha subrayado que “tanto en el ámbito de la regulación del derecho a la desconexión digital como en el caso del acuerdo del teletrabajo, la negociación colectiva es esencial puesto que está demostrado que los sistemas de prevención de riesgos laborales que cuentan con la participación de los trabajadores, consiguen mejores resultados de cara a garantizar unas mejores condiciones de seguridad y salud laboral”.

“Los riesgos psicosociales no son riesgos nuevos ni emergentes, son los grandes olvidados de los sistemas de gestión de prevención en las empresas, y se perfilan como la futura pandemia, por lo que, es necesario acordar modificaciones normativas para adaptar la legislación a los cambios surgidos de la digitalización del mercado laboral y elaborar una normativa diferenciada dirigida a la gestión de los riesgos psicosociales de origen laboral”, ha añadido.

“Y es que los infartos y derrames cerebrales, que son la primera causa de muerte por accidente de trabajo, están directamente relacionados con la presencia de riesgos psicosociales de origen laboral, por lo que debe actuarse de forma inmediata para acabar con esta lacra” ha finalizado.

Fuente: https://www.ugt.es/el-derecho-la-desconexion-deberia-haberse-regulado-en-el-marco-de-la-ley-de-prevencion-de-riesgos