Gracias a la ratificación de Fiji, segundo país tras Uruguay, el Convenio nº 190 entrará en vigor el 25 de junio de 2021.
El Convenio núm. 190 es una norma internacional del trabajo pionera al abordar la violencia y el acoso en el mundo del trabajo. Fue adoptado en la Conferencia Internacional del Trabajo celebrada en junio del pasado año y junto con la Recomendación núm. 206 , establece que toda persona tiene derecho a un mundo del trabajo exento de violencia y acoso, contiene la primera definición internacional de violencia y acoso en el mundo del trabajo, en la que se incluye la violencia por motivos de género.
El Convenio 190 reconoce que la violencia y el acoso en el mundo del trabajo “pueden constituir una violación o un abuso de los derechos humanos… una amenaza para la igualdad de oportunidades, y que son inaceptables e incompatibles con el trabajo decente”. También establece que “la violencia y el acoso” designan un conjunto de comportamientos, prácticas o amenazas “que causan, o son susceptibles de causar, un daño físico, psicológico, sexual o económico”. Por otro lado, se recuerda a los Estados Miembros que tienen la responsabilidad de promover un “entorno general de tolerancia cero”.
Fuente: https://www.ilo.org/global/about-the-ilo/newsroom/news/WCMS_749161/lang–es/index.htm