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Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social

Analizar el navegador de un trabajador vulnera su intimidad

La sentencia del TSJ de Andalucía, Sala de lo Social, sentencia 905/2019 de 28 de marzo, anula el despido procedente de un trabajador porque su empresa descubrió que visitaba páginas web a través del ordenador del trabajo, mediante el análisis del historial del navegador.

La sentencia entiende que “fue vulnerado el derecho a la intimidad en el uso del material informático ofrecido por la empresa”. El empresario debería haber informado al trabajador de la prohibición de forma expresa, sobre el uso del dispositivo informático con fines ajenos al trabajo.

Recientemente ha sido aprobada la Ley 3/2018, de Protección de Datos y Garantías Digitales, la cual no aplica al hecho que juzga esta sentencia. En dicha Ley establece, en su artículo 87, que “El empleador podrá acceder a los contenidos derivados del uso de medios digitales facilitados a los trabajadores a los solos efectos de controlar el cumplimiento de las obligaciones laborales o estatutarias y de garantizar la integridad de dichos dispositivos.

Los empleadores deberán establecer criterios de utilización de los dispositivos digitales respetando en todo caso los estándares mínimos de protección de su intimidad de acuerdo con los usos sociales y los derechos reconocidos constitucional y legalmente. En su elaboración deberán participar los representantes de los trabajadores.”

De nuevo el legislador ha encomendado a la negociación colectiva la elaboración de los criterios de utilización de los dispositivos digitales, los cuales están teniendo una fuerte implantación en las organizaciones productivas.

Desde el Observatorio de Riesgos Psicosociales de UGT estamos muy interesados en el análisis de los riesgos de las nuevas tecnologías de la información y comunicación sobre la seguridad y salud de los trabajadores. Para más información podéis consultar el Anuario Internacional de 2016 en el siguiente enlace: http://www.observatorioriesgospsicosociales.com/sites/default/files/publicaciones/Anuario%20Internacional%202018.pdf

Y el folleto sobre TICs en el entorno laboral:
http://www.observatorioriesgospsicosociales.com/sites/default/files/publicaciones/Incidencia%20de%20las%20TICs.pdf